La sentencia por la muerte de Ana Buza deja una incógnita sin resolver siete años después: cómo salió del coche
El jurado descarta tanto el atropello intencionado como el homicidio imprudente, aunque no determina las circunstancias exactas en las que abandonó el vehículo
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La muerte de Ana Buza, la joven de 19 años que perdió la vida en septiembre de 2019 en la autovía A-4, a la altura de Carmona, ya tiene una resolución judicial absolutoria, pero sigue dejando una pregunta sin respuesta.
La Audiencia Provincial de Sevilla ha absuelto a Rafael V. P., quien era su pareja cuando ocurrieron los hechos, después de que un jurado popular descartara su responsabilidad penal en el fallecimiento.
La decisión, conocida el 6 de octubre de 2026, llega tras siete años de un procedimiento marcado por las versiones enfrentadas sobre aquella madrugada.
El jurado acredita el exceso de velocidad, pero no lo relaciona penalmente con la muerte
El veredicto establece que Rafael conducía aproximadamente a 117 kilómetros por hora por la salida 511 de la A-4, un tramo donde la velocidad máxima permitida era de 80 kilómetros por hora.
También considera probado que Ana viajaba en el asiento trasero derecho y que salió despedida del automóvil cuando circulaban por las inmediaciones de Carmona.
Sin embargo, los miembros del jurado no pudieron establecer de manera concluyente por qué abandonó el vehículo ni si lo hizo voluntariamente.
Esta distinción resulta fundamental para comprender la absolución. Aunque se consideró acreditado que el conductor superaba el límite de velocidad, los nueve integrantes del jurado rechazaron atribuirle un homicidio imprudente por ese motivo.
Por otra parte, siete de los nueve miembros descartaron que estuviera probado el atropello intencionado que sostenía la acusación particular.
Tras conocerse el veredicto, la magistrada presidenta dictó la sentencia absolutoria oralmente, poniendo fin al juicio celebrado en Sevilla.
Dos interpretaciones enfrentadas sobre lo ocurrido aquella madrugada
Los hechos se remontan al 7 de septiembre de 2019. Ana y su entonces novio habían estado en Lora del Río y, después de una discusión, emprendieron viaje hacia Sevilla.
Durante el trayecto se produjo el episodio que terminó con la muerte de la joven.
La familia de Ana ha defendido durante estos años que su hija no se arrojó voluntariamente del automóvil. Su acusación sostenía que Rafael la había atropellado deliberadamente y reclamaba una condena de 20 años de prisión por asesinato.
El acusado, por su parte, mantuvo que Ana se había lanzado del vehículo en marcha, negando haber provocado intencionadamente su fallecimiento.
El procedimiento también estuvo marcado por las discrepancias entre los especialistas que analizaron las circunstancias de la muerte.
Mientras los investigadores de la Guardia Civil defendieron una reconstrucción incompatible con un atropello mortal, los peritos presentados por la acusación particular cuestionaron esa interpretación y las posibilidades físicas de que la joven hubiera salido del automóvil de la manera descrita.
Estas diferencias ocuparon una parte relevante del juicio y fueron examinadas antes de que el jurado emitiera su decisión.
El cambio de posición de la Fiscalía y la posibilidad de recurrir
Uno de los momentos decisivos del proceso llegó durante la fase final del juicio, cuando la Fiscalía introdujo una alternativa absolutoria a su petición inicial.
El Ministerio Público había solicitado tres años de prisión por homicidio imprudente, pero acabó planteando que no existían pruebas suficientes para establecer responsabilidad penal.
La fiscal tuvo en cuenta, entre otros elementos, los informes del Equipo de Reconstrucción de Accidentes de Tráfico de la Guardia Civil, cuyos especialistas rechazaron que las evidencias fueran compatibles con el atropello defendido por la familia.