El matrimonio Jiménez Becerril asesinado por ETA.

Polémica por el permiso al etarra Kantauri: Teresa Jiménez-Becerril denuncia un nuevo golpe para las víctimas de ETA

Teresa Jiménez-Becerril critica el permiso concedido a Kantauri y afirma que supone “un revés” para las víctimas de ETA

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La concesión de un permiso penitenciario de tres días al exdirigente de ETA José Javier Arizcuren Ruiz, conocido como Kantauri, ha reabierto el debate sobre la política penitenciaria aplicada a los condenados por terrorismo.

La decisión de la Audiencia Nacional ha encontrado una rápida respuesta por parte de Teresa Jiménez-Becerril, hermana del concejal sevillano Alberto Jiménez-Becerril, asesinado junto a su esposa, Ascensión García Ortiz, en un atentado cometido por la organización terrorista en 1998.

Jiménez-Becerril ha expresado públicamente su desacuerdo con la resolución judicial. Si bien ha subrayado que respeta las decisiones de los tribunales, considera que la autorización de este permiso supone un nuevo golpe para quienes perdieron a familiares a manos de ETA y sostiene que el cumplimiento íntegro de las condenas debería prevalecer en este tipo de casos.

La resolución judicial impone un amplio catálogo de restricciones

La Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional estimó el recurso presentado por la defensa de Kantauri contra la negativa inicial al permiso.

Los magistrados entendieron que, dadas las circunstancias penitenciarias actuales del interno, la salida de tres días resulta proporcionada y compatible con la legislación vigente, siempre que se cumplan estrictas medidas de control.

Entre las condiciones impuestas figura la obligación de comunicar el lugar donde permanecerá durante el permiso y mantener un teléfono operativo para facilitar su localización.

También deberá comparecer cuando así se le requiera y respetar las pautas fijadas por la administración penitenciaria.

Además, el tribunal establece la prohibición absoluta de acercarse o comunicarse con víctimas, familiares o perjudicados por los delitos por los que cumple condena.

Tampoco podrá participar en homenajes, actos públicos, entrevistas o cualquier actividad que pueda interpretarse como una exaltación o banalización del terrorismo o generar una situación de revictimización.

La Audiencia Nacional insiste en que el permiso no supone una minimización de la gravedad de los delitos cometidos ni una desatención hacia las víctimas, sino una medida integrada en el marco legal que regula la ejecución de las penas y la progresión penitenciaria.

La familia del concejal asesinado cuestiona el momento de la decisión

Las declaraciones de Teresa Jiménez-Becerril reflejan el profundo impacto que la resolución ha tenido en su familia.

La exparlamentaria europea ha manifestado que sigue preguntándose por qué se concede este permiso precisamente ahora y sostiene que decisiones de este tipo generan una sensación de desprotección entre quienes sufrieron directamente la violencia de ETA.

También ha defendido que la evolución de la política penitenciaria respecto a antiguos miembros de la organización terrorista se ha vuelto más flexible en los últimos años.

Desde su punto de vista, este tipo de medidas incrementan el dolor de las víctimas y pueden interpretarse como un reconocimiento inmerecido hacia personas condenadas por delitos de terrorismo.

Jiménez-Becerril ha recordado igualmente que en resoluciones anteriores otros responsables de ETA no obtuvieron beneficios similares, circunstancia que, a su juicio, hace aún más difícil comprender la decisión adoptada ahora respecto a Kantauri.

El asesinato de Alberto Jiménez-Becerril sigue siendo uno de los atentados más recordados de ETA

José Javier Arizcuren Ruiz fue condenado, entre otros hechos, por ordenar el asesinato en 1998 de Alberto Jiménez-Becerril, entonces portavoz del Partido Popular en el Ayuntamiento de Sevilla, y de su esposa, Ascensión García Ortiz. Ambos fueron asesinados cuando regresaban a su domicilio, dejando huérfanos a sus tres hijos, que entonces tenían cuatro, siete y ocho años.

La resolución judicial recuerda la extraordinaria gravedad de los delitos por los que cumple condena el exdirigente de ETA, pero sostiene que esa circunstancia, por sí sola, no impide legalmente la concesión de permisos ordinarios cuando concurren los requisitos previstos por la normativa penitenciaria y el permiso se desarrolla bajo un control reforzado.

La decisión vuelve a situar en el centro del debate el difícil equilibrio entre la aplicación de la legislación penitenciaria, los principios de reinserción contemplados en el ordenamiento jurídico y el impacto que estas resoluciones siguen teniendo sobre las víctimas del terrorismo y sus familias.

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