Policía Local en la Madrugá.
La Policía Local en la Semana Santa.

La Madrugada de Sevilla 2026 cambia las reglas: prohibiciones y excepciones que debes conocer

Sevilla regula la actividad comercial durante la Madrugada de Semana Santa 2026 con nuevas restricciones

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El Ayuntamiento de Sevilla ha aprobado un nuevo edicto que redefine las condiciones en las que podrán operar kioscos, puestos de chucherías y venta ambulante durante la Madrugada de la Semana Santa de 2026.

La medida, impulsada a través de la Gerencia de Urbanismo y Medio Ambiente, introduce ajustes relevantes en los horarios, productos autorizados y control de licencias, con el objetivo de equilibrar la actividad comercial con la seguridad ciudadana en uno de los eventos más concurridos del calendario local.

Delimitación de zonas y horarios especiales en la Madrugá de la Semana Santa de Sevilla

La normativa establece dos áreas concretas donde se aplicarán las condiciones excepcionales durante la noche del jueves 2 de abril y la mañana del viernes 3.

El denominado Sector 1 abarca buena parte del centro histórico, incluyendo enclaves de gran afluencia como Plaza del Duque, Alfonso XII, Puerta de Carmona, San Esteban y Plaza del Triunfo.

Se trata de espacios especialmente sensibles por la concentración de público y el paso de numerosas hermandades.

Por su parte, el Sector 2 se centra en el barrio de Triana, otro de los puntos neurálgicos de la Madrugada. Calles como Betis, Pureza, San Jacinto y el entorno del Altozano quedarán bajo este régimen especial, debido al tránsito continuo de cofradías y visitantes.

En estas zonas, el Ayuntamiento permitirá la actividad comercial, pero bajo condiciones estrictas y temporales. Las limitaciones estarán directamente vinculadas al paso de las procesiones, activándose desde la llegada de la cruz de guía hasta que la cofradía haya completado su recorrido por cada tramo.

Limitaciones en productos y envases

Uno de los aspectos más relevantes del edicto es la regulación del tipo de productos que podrán venderse. Con el fin de evitar riesgos y garantizar el orden público, se prohíbe la venta de bebidas en envases de vidrio, latas o plástico durante el desarrollo de los desfiles procesionales.

Tampoco se permitirá la distribución de hielo, una medida que busca reducir posibles incidentes y acumulaciones peligrosas en la vía pública.

Como excepción, la normativa autoriza únicamente la venta de agua, refrescos y zumos en envases de plástico con una capacidad máxima de 500 mililitros. Asimismo, se permite el consumo de café e infusiones, siempre que se sirvan en vasos de cartón destinados a un uso individual.

Estas restricciones responden a criterios de seguridad ampliamente aplicados en eventos de gran afluencia, donde el control de objetos potencialmente peligrosos resulta fundamental.

La intención municipal es minimizar riesgos sin eliminar por completo la oferta comercial que acompaña tradicionalmente a la Semana Santa.

Control de licencias y medidas complementarias en Sevilla

El edicto también incide en la necesidad de respetar estrictamente las condiciones de las licencias concedidas.

Los vendedores ambulantes deberán limitar su actividad a los productos autorizados, sin posibilidad de ampliación durante estos días. Además, queda prohibida la instalación de equipos no contemplados en las autorizaciones, como compresores, congeladores o maquinaria frigorífica adicional.

La base legal de estas medidas se encuentra en la legislación sobre protección de la seguridad ciudadana y en el Plan Especial de Coordinación de la Semana Santa 2026.

Ambos instrumentos otorgan a las fuerzas de seguridad la capacidad de intervenir ante cualquier incumplimiento que pueda poner en riesgo el normal desarrollo de la jornada.

En paralelo, el Ayuntamiento mantiene una línea continuista en la regulación de los bares. Se permitirá sustituir mesas bajas por altas, siempre respetando el número autorizado en la licencia de veladores.

También se admite el consumo de pie dentro del espacio de terraza, incluso en ausencia de mobiliario, siempre que se mantenga dentro del perímetro permitido.

Otra novedad relevante es la flexibilización en la vigilancia del cumplimiento de estas normas. Ya no será imprescindible contar con personal de seguridad privada, pudiendo asumir esta función trabajadores del propio establecimiento.

Estos deberán garantizar que los clientes no abandonen el área autorizada con bebidas, reforzando así el control en espacios especialmente concurridos.