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El estafador de Sevilla y el 'algoritmo milagro' que arruinó a 67 personas

De entrenador de fútbol a estafador: el fraude piramidal que dejó más de 1,6 millones en pérdidas

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La Audiencia de Sevilla ha condenado a seis años de prisión a Juan Carlos F. L. por una estafa piramidal que dejó al menos 67 víctimas y un perjuicio económico que supera los 1,6 millones de euros.

El caso, que se remonta a 2017, gira en torno a un supuesto algoritmo de inversión bursátil que prometía beneficios mensuales de entre el 5% y el 10%, una rentabilidad que el tribunal considera ficticia y sin respaldo real en operaciones financieras.

El fallo, dictado por la Sección Séptima, recoge que el acusado actuó como pieza clave en la captación de inversores, aprovechando su vinculación con el fútbol modesto y proyectando una imagen de solvencia que resultó determinante para generar confianza.

El esquema, según la sentencia, funcionaba como una clásica estructura piramidal: el dinero de nuevos clientes servía para pagar a los antiguos, sin que existiera actividad inversora real.

Estafador de Sevilla: un algoritmo inexistente y promesas irreales

El condenado se presentaba como socio de otro implicado, actualmente huido de la justicia, y difundía la existencia de un sistema automatizado capaz de detectar oportunidades óptimas en bolsa.

Pero la Audiencia subraya que no existe constancia de que dichas operaciones se realizaran. Las rentabilidades ofrecidas, entre el 60% y el 120% anual, estaban muy por encima de cualquier producto financiero regulado.

Las víctimas eran, en su mayoría, personas con escasa experiencia en inversiones. Entre ellas figuraban futbolistas, familiares y miembros de clubes vinculados al entorno del acusado.

A todos se les ofrecía un contrato en el que se limitaba el riesgo al 20% del capital, mientras se pactaba una comisión del 50% sobre los beneficios obtenidos. Esa estructura incentivaba a los inversores a no retirar fondos, reforzando el flujo continuo de dinero hacia el sistema.

Durante los primeros meses, algunos clientes recibieron pagos, lo que reforzó la credibilidad del esquema. Ese cumplimiento inicial permitió que el boca a boca ampliara la red de inversores hasta alcanzar cerca de 400 personas, aunque no todas llegaron a formalizar denuncia.

El papel del acusado en la captación

La sentencia considera probado que Juan Carlos F. L. desempeñó un papel esencial en la expansión de la estafa. No solo captaba clientes, sino que se presentaba como socio del negocio, participaba en la firma de contratos y gestionaba la relación directa con los inversores. Para ello, mantenía un elevado nivel de vida que, según el tribunal, formaba parte del engaño.

El acusado defendió que era un simple intermediario y que también había sido perjudicado por su socio. Alegó que sus ingresos no superaban los 1.000 euros mensuales. No obstante, la Audiencia califica esta versión de inverosímil, al considerar incompatible ese nivel de ingresos con la magnitud de clientes que aportó y el papel que desempeñaba dentro de la organización.

El tribunal también destaca que el acusado abandonó su empleo para dedicarse por completo a esta actividad, lo que refuerza la idea de que conocía el funcionamiento real del sistema. Su implicación, según la resolución, fue decisiva para sostener la apariencia de legalidad del negocio.

Colapso del sistema y consecuencias judiciales

El entramado comenzó a desmoronarse en 2019, cuando la entrada de nuevos inversores disminuyó. Sin ese flujo constante de capital, el sistema dejó de poder afrontar los pagos comprometidos. Se produjo entonces el colapso definitivo, con reclamaciones masivas de devolución de dinero que no pudieron ser atendidas.

El proceso judicial se inició a partir de las denuncias de las víctimas, pese a que la Fiscalía solicitó la absolución durante el juicio. Finalmente, la condena se sustentó en las acusaciones particulares y en los testimonios de 53 afectados que declararon en la vista oral.

Además de la pena de prisión, el tribunal impone una multa de 3.240 euros y una indemnización total de 1.638.937,12 euros, sin incluir intereses. Las cantidades invertidas por las víctimas varían significativamente, desde los 3.000 euros hasta casi 300.000 en el caso más elevado.

En la misma causa fueron juzgadas la esposa del condenado y la del socio fugado, ambas absueltas de los delitos de los que se les acusaba. También quedaron sin efecto las imputaciones por blanqueo de capitales debido a una cuestión procesal: la acusación que las formuló no estaba legitimada para ello.