Cadera de un Policía Nacional con su arma reglamentaria y vehículo policial al fondo.
Agente de la Policía Nacional junto a un vehículo.

Condenado por incendiar la casa de su exmujer en Sevilla con ella y su bebé de dos meses dentro

La Audiencia de Sevilla le impuso ocho años y cuatro meses de prisión, sustituidos por el internamiento en un centro psiquiátrico penitenciario debido al trastorno que padecía

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La Audiencia Provincial de Sevilla condenó a un hombre que incendió la vivienda en la que se encontraban su exmujer, la pareja de esta y el hijo de dos meses que ambos tenían en común.

El fuego fue provocado después de varios episodios relacionados con el domicilio familiar y obligó a atender a la mujer y al bebé por inhalación de humo.

El tribunal fijó penas que sumaban ocho años y cuatro meses de prisión, aunque acordó sustituirlas por el internamiento del condenado en un centro psiquiátrico penitenciario al apreciar que padecía un trastorno maníaco depresivo asociado a un cuadro delirante.

Rompió una ventana y lanzó una sustancia inflamable al interior

Los hechos se produjeron en enero de 2005 en Alcalá de Guadaíra, según recoge la resolución judicial. Días antes del incendio definitivo ya se habían registrado distintos incidentes en torno a la vivienda donde residía la mujer.

El 9 de enero, el condenado trató de acceder al domicilio a través de la azotea, pero fue sorprendido por agentes de la Policía Nacional. El día 18 consiguió entrar después de forzar el acceso por la terraza y amenazó a su esposa con llevarse al hijo de ambos.

La mujer buscó entonces refugio en casa de una vecina y el hombre acabó detenido dentro de la vivienda.

Tres días después se produjo el episodio más grave. La sentencia considera probado que el hombre sabía que su esposa, su hijo de apenas dos meses y la nueva pareja de ella estaban dentro del inmueble. Tras romper el cristal de la ventana de un dormitorio, arrojó una sustancia inflamable y le prendió fuego.

Las llamas afectaron a la fachada y al mobiliario de la habitación. La pareja de la mujer trató de controlar el incendio con un extintor facilitado por una vecina y fue necesaria la intervención de los bomberos para eliminar el humo acumulado en el inmueble.

La mujer y el bebé necesitaron asistencia por inhalación de humo

El incendio no provocó víctimas mortales, pero tanto la mujer como su hijo tuvieron que recibir asistencia médica por inhalación de humo. La resolución judicial encuadró estos hechos junto a los anteriores episodios protagonizados por el acusado durante aquel mes de enero.

La Audiencia tuvo además en cuenta los informes periciales sobre su estado mental. Los especialistas determinaron que padecía un trastorno maníaco depresivo relacionado con un cuadro delirante, circunstancia que condicionó la forma en la que debía cumplir las penas privativas de libertad.

El tribunal lo condenó a ocho años por el delito de incendio y a cuatro meses de prisión por un delito consumado de allanamiento de morada. También le impuso una multa por otro allanamiento en grado de tentativa y 720 euros por dos delitos de lesiones en el ámbito familiar.

Las penas de prisión fueron sustituidas por su internamiento en un centro psiquiátrico penitenciario.

Prohibición de acercarse a su exmujer y a su hijo

La sentencia incorporó además medidas destinadas a impedir nuevos contactos con la familia. El condenado quedó privado del derecho a la tenencia y porte de armas durante 22 meses y recibió la prohibición de acercarse o comunicarse con su exesposa y con el hijo de ambos a menos de 300 metros.

La resolución estableció igualmente responsabilidades económicas por las consecuencias de los hechos. El hombre debía indemnizar con 1.329,67 euros al propietario de la vivienda incendiada, que era la pareja de su exmujer, por los daños ocasionados en el inmueble. También se fijó una indemnización de 100 euros para el bebé.

La Fiscalía había solicitado inicialmente una condena mucho mayor, de 27 años y tres meses de prisión. Finalmente, la Audiencia fijó las distintas penas y acordó el internamiento psiquiátrico en sustitución de la cárcel debido al trastorno acreditado por los peritos durante el procedimiento.