Suspenden las multas en Sevilla a patinetes eléctricos tras detectarse un error jurídico en la ordenanza
La Policía Local de Sevilla suspende temporalmente las multas a patinetes por un fallo jurídico en la ordenanza
La regulación de los patinetes eléctricos en Sevilla ha sufrido un inesperado contratiempo administrativo.
Apenas unos días después de anunciarse la entrada en vigor de la nueva ordenanza municipal, la Policía Local ha comunicado a sus agentes que determinadas sanciones no podrán aplicarse por el momento debido a un problema legal en el proceso de registro de la norma.
La incidencia afecta únicamente a algunos aspectos concretos de la regulación.
La aplicación de la nueva ordenanza municipal que regula el uso de los patinetes eléctricos en Sevilla ha quedado en suspenso temporal para la Policía Local debido a un problema jurídico detectado en el proceso administrativo de entrada en vigor de la norma.
Según una comunicación interna remitida a los agentes del cuerpo las sanciones vinculadas a determinados aspectos de la ordenanza carecen por ahora de eficacia jurídica inmediata.
El motivo principal es que la modificación de la ordenanza de circulación no completó correctamente el trámite de registro en la plataforma telemática de la Junta de Andalucía paso necesario para que la normativa municipal adquiera plena validez legal.
Si bien el texto sí fue remitido a la administración estatal la ausencia de ese registro autonómico impide que algunas de sus disposiciones puedan aplicarse de forma efectiva.
La orden trasladada por la jefatura de la Policía Local establece que los agentes no deberán formular denuncias relacionadas con las nuevas obligaciones específicas para los vehículos de movilidad personal cuando estas no estén respaldadas por la normativa estatal vigente.
En la práctica esto significa que determinadas infracciones previstas en la ordenanza municipal quedan temporalmente sin capacidad sancionadora.
Entre las medidas afectadas se encuentran dos de las más destacadas de la nueva regulación la obligación de utilizar casco de protección y el uso de chaleco reflectante cuando las condiciones de visibilidad sean reducidas.
Ambas conductas estaban tipificadas como infracciones graves con sanciones de hasta doscientos euros cada una pero por ahora no podrán ser castigadas por la policía municipal.
Posibles inconsistencias en la aplicación de la ordenanza sobre los patinetes en Sevilla
El propio jefe de la Policía Local explicó en la comunicación interna que varios mandos del cuerpo habían planteado dudas al servicio administrativo de Tráfico y Transportes tras detectar posibles inconsistencias en la aplicación de la ordenanza.
La respuesta confirmó que los trámites exigidos por la legislación de régimen local no se habían completado lo que obliga a suspender estas sanciones.
Esta situación implica además que las multas que pudieran haberse impuesto durante los primeros días de aplicación de la ordenanza quedarán anuladas al carecer de respaldo legal suficiente.
El Ayuntamiento había informado días antes de la imposición de varias denuncias y de la retirada de algunos patinetes en controles realizados en distintos puntos de la ciudad.
Fuentes municipales señalan que el origen del problema fue un error en el procedimiento de notificación telemática a la Junta de Andalucía un paso imprescindible para que el texto aprobado por el Ayuntamiento de Sevilla pueda desplegar todos sus efectos jurídicos.
Una vez realizado correctamente el registro comienza a contar el plazo legal de quince días necesario para su entrada en vigor.
Hasta que ese plazo se cumpla la Policía Local solo podrá sancionar aquellas conductas que ya estén recogidas en la normativa estatal sobre vehículos de movilidad personal.
Esto incluye por ejemplo circular con patinetes que superen la potencia permitida o excedan la velocidad autorizada así como estacionarlos en aceras zonas peatonales o atarlos al mobiliario urbano.
La ordenanza municipal aprobada por el gobierno local pretende reforzar la seguridad vial tanto para los usuarios de patinetes como para peatones.
Entre otras medidas mantiene la edad mínima de quince años para conducir estos vehículos exige seguro de responsabilidad civil y obliga a disponer de certificado de circulación además de su registro en la Dirección General de Tráfico.
También se mantiene la prohibición de circular utilizando auriculares teléfonos móviles u otros dispositivos de comunicación así como conducir bajo los efectos del alcohol o drogas.
El sistema sancionador contempla multas que van desde cincuenta euros para infracciones leves hasta quinientos euros en los casos considerados muy graves según la clasificación establecida por el Ayuntamiento de Sevilla.