El delegado Juan Carlos Cabrera mantiene una reunión de trabajo con la Asociación de Hosteleros de Sevilla y Provincia, donde informa de que permanecerán las mismas limitaciones de 2019 y 2022, aunque se estudiarán propuestas del sector siempre que no alteren sustancialmente un modelo que permitió que la Madrugada se desarrollara con normalidad y sin incidentes
Prohibición de consumo de alcohol
A través del Área de Gobernación, Fiestas Mayores y Área Metropolitana, ha mantenido una reunión de trabajo con la Asociación de Hosteleros de Sevilla y Provincia con el objetivo de evaluar el acuerdo que se mantiene desde el año 2019 para preservar la Semana Santa y evitar el consumo de alcohol en la vía pública y la realización de botellonas, especialmente en la Madrugada.
Sobre este modelo, desarrollado y mejorado en 2022 tras dos años sin Semana Santa por la pandemia de la COVID-19, el delegado municipal del ramo, Juan Carlos Cabrera, ha trasladado al presidente de los hosteleros, Alfonso Maceda, que se analizarán las propuestas de estos para que durante la próxima Madrugada.
Todo ello dentro del mismo marco limitaciones que ya permitió su celebración con normalidad y sin incidentes, pueda haber más restaurantes del entorno de la Carrera Oficial abiertos a partir de las 1:00 horas, respetando el horario fijado en cada licencia.
Sólo para expedir cafés, infusiones y bebidas no alcohólicas, siempre que sean para su consumo en el interior y se haya dispuesto seguridad privada en la puerta que controle los aforos y evite la salida de vasos o tazas de cristal o cerámica al exterior, tal y como se establecía en 2022.
La resolución de 10 de marzo de 2022, aprobando las normas de funcionamiento de locales destinados a hostelería y esparcimiento así como de venta de alimentos para el periodo de Semana Santa de la ciudad de Sevilla y que actualizaba la de 2019.
Excepciones
Esta permitía como excepcionalidad para la Madrugada en las calles Álvarez Quintero, Argote de Molina y Placentines (Sector 1), y Bilbao y Plaza Nueva (Sector 6) la apertura de las actividades hasta su horario máximo permitido, siempre que, a partir de las 1:00 horas, cumplieran unas condiciones.
Estas condiciones eran que todo el público se encontrara sentado en el interior, en las mesas y sillas autorizadas, sin superarse el aforo permitido, que no se sirvieran bebidas alcohólicas y que se dispusiera un servicio de vigilancia.