Llanto de los padres de Sandra Peña.
Padres de Sandra Peña.

Las tres menores investigadas por el suicidio de Sandra Peña declaran hoy ante la Fiscalía de Sevilla

Suicidio de Sandra Peña: las tres menores investigadas declaran ante la Fiscalía de Sevilla por presunto acoso escolar

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Las tres adolescentes investigadas por un presunto caso de acoso escolar vinculado al suicidio de Sandra Peña, la estudiante sevillana de 14 años fallecida el pasado mayo, comparecen este lunes ante la Fiscalía de Menores de Sevilla.

La llamada “exploración” —término judicial que se usa para las declaraciones de menores— marca una nueva fase en una investigación que mantiene en vilo a la comunidad educativa y a la opinión pública andaluza.

La comparecencia llega después de que, la semana pasada, los padres de Sandra declararan durante más de cuatro horas ante el fiscal en calidad de testigos-perjudicados. Durante ese encuentro, solicitaron una sanción “contundente y ejemplarizante” contra el colegio Las Irlandesas de Loreto, donde cursaba estudios la menor.

Las tres adolescentes investigadas ya habían declarado previamente ante el Grupo de Menores (Grume) de la Policía Nacional; una de ellas optó por acogerse a su derecho a no declarar, mientras que las otras dos sí ofrecieron testimonio sobre los hechos.

El colegio defiende su actuación, pero no activó el protocolo oficial

La pasada semana también comparecieron ante la Fiscalía el director del colegio, Francisco Suárez, la jefa de estudios, la orientadora y la tutora de Sandra Peña. Todos ellos evitaron realizar declaraciones públicas, aunque fuentes del caso confirmaron que defendieron haber tomado medidas internas para atender la situación de acoso denunciada por la familia.

Según su versión, el centro activó un protocolo interno de seguimiento, que incluyó la separación de la alumna respecto a las presuntas acosadoras y el nombramiento de dos personas de referencia —la tutora y la jefa de estudios— para supervisar su bienestar.

Sin embargo, los responsables del colegio no registraron las actuaciones en la plataforma Séneca, el sistema oficial de gestión académica de la Junta de Andalucía, donde deben quedar documentados todos los casos de acoso escolar.

Esta omisión llevó a la Consejería de Desarrollo Educativo a presentar una denuncia ante la Fiscalía de Sevilla contra el propio centro por no haber activado el protocolo oficial de actuación ante el acoso escolar.

El tío de la menor, Isaac Villar, quien actúa como portavoz familiar, ha insistido en que los padres de Sandra “han declarado con tranquilidad, pero con dolor por tener que revivir lo sucedido”. Villar aseguró que la familia se siente “muy arropada” por la Junta de Andalucía, la Consejería de Educación y el Defensor del Pueblo Andaluz, instituciones que —según afirmó— “han mostrado sensibilidad y compromiso con el caso”.

“La pérdida de mi sobrina es irreparable, pero luchamos para que no vuelva a pasar. La única forma de evitarlo es con una sanción ejemplar, para que ningún centro ignore una situación de acoso escolar cuando una familia la denuncia”, declaró. Para la familia, “los errores cometidos por el colegio contribuyeron a la decisión que tomó Sandra, y eso debe tener consecuencias”.

Actualmente, la Fiscalía de Menores mantiene dos expedientes abiertos: uno de carácter penal, destinado a determinar la posible responsabilidad de las tres menores investigadas; y otro de tipo supervisor, que busca esclarecer si el colegio actuó conforme a la normativa o incurrió en negligencia administrativa.

Qué sanciones puede recibir un menor declarado culpable de acoso escolar

En España, el Código Penal no se aplica de forma directa a los menores de 18 años. Los posibles castigos se regulan por la Ley Orgánica 5/2000 de Responsabilidad Penal del Menor, que busca un enfoque educativo más que punitivo.

Si la Fiscalía de Menores determina que existió acoso escolar probado y que las adolescentes actuaron con dolo o participación activa en los hechos, podrían imponerse medidas judiciales proporcionales a la gravedad del caso. Entre ellas, se contemplan:

Amonestación formal del juez, con advertencia sobre las consecuencias futuras.

Prestaciones en beneficio de la comunidad, como tareas sociales o educativas.

Libertad vigilada, bajo supervisión de un orientador o educador.

Internamiento en régimen semiabierto o cerrado, en los casos más graves, por periodos que pueden ir de seis meses a cinco años dependiendo de la edad y el tipo de infracción.

En los supuestos más leves, las medidas buscan reeducar y reparar el daño, pero cuando el acoso se vincula con consecuencias fatales, como un suicidio, la Fiscalía suele valorar la concurrencia de delitos graves —como amenazas, coacciones o trato degradante— que elevan el nivel de sanción.

Entre tanto, el caso de Sandra Peña sigue abierto. Las declaraciones de las tres menores podrían ser determinantes para definir la siguiente fase judicial y establecer si hubo responsabilidad penal o negligencia institucional en un caso que ha vuelto a poner el foco sobre la urgencia de reforzar los protocolos contra el acoso escolar en los centros educativos andaluces.