El presidente Pedro Sánchez amaga con dimitir tras la investigación sobre su esposa Begoña Gómez

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Pedro Sánchez, presidente del gobierno, y Begoña Gómez, su esposa.
El presidente Pedro Sánchez con su esposa Begoña Gómez.

El Juzgado de Instrucción número 41 de Madrid abrió diligencias de investigación por lo que se consideran presuntos delitos de tráfico de influencias y corrupción en los negocios contra la esposa del presidente del Gobierno Pedro Sánchez, Begoña Gómez.

Debido a todo ello el presidente Pedro Sánchez, mediante un escrito, ha decido tomarse una «semana en blanco». Tiempo para decidir que hace, en una postura que parece más de cara a la galería y para salir reforzado que en algo que derive en una dimisión que se cree improbable.

Tribunal Superior de Justicia de Madrid

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid abrió las diligencias el pasado día 16 de abril tras recibirse por reparto ordinario de los juzgados madrileños una denuncia realizada por la organización «Manos Limpias», sin que el magistrado pidiera el correspondiente informe fiscal en materia de competencia. Tampoco se realizó notificación al ministerio público de la decisión, ni se citó a testigos.

Se trata del primer del juez o magistrado para adoptar cualquier decisión en un procedimiento, en esta ocasión el titular del juzgado número 41, Juan Carlos Peinado, que decidió omitir este trámite. Jurídicamente «lo puede hacer; lo que no es normal es que no notifique» la decisión tomada al ministerio público.

Las diligencias son consideradas como secretas, pero en esos casos lo es para las partes; tanto para la fiscalía, que vela por la legalidad, que sí debe estar al tanto de las resoluciones que se tomen y las diligencias que se deban practicar. El juez comenzó ya a citar testigos. El 10 de mayo deben hacerlo los directores de dicho digital, Nacho Cardero, y del medio Esdiario, Benjamín López. Son los que han informado de las actividades de la esposa del presidente, de Begoña Gómez, denunciada por Manos Limpias, donde se dan informaciones de El Confidencial, dos de Vozpópuli, una de Libertad Digital, una de Es.diario y la última de The Objetive.

¿Qué es un delito por tráfico de influencias?

El delito de tráfico de influencias se produce cuando una persona, aprovechándose de su posición de poder o influencia, intenta obtener un beneficio (económico o de otro tipo) para sí misma o para un tercero.

Este beneficio se obtiene influyendo en un funcionario público o autoridad para que tome una decisión que no se ajusta a la legalidad o a los criterios objetivos que deberían regirla.

En otras palabras, el tráfico de influencias implica utilizar las relaciones o el poder personal para corromper el sistema, evitando que la Administración Pública funcione de manera justa e imparcial.

Para que se configure el delito deben darse los siguientes elementos:

Posición de prevalimiento: El autor del delito debe tener una posición de poder o influencia que le permita acceder al funcionario o autoridad pública. Esto puede ser por motivos de amistad, parentesco, cargo político o empresarial, etc.

Influencia indebida: El autor del delito debe intentar influir en el funcionario o autoridad pública de manera indebida, es decir, utilizando medios distintos a los legítimos.

Ánimo de lucro: El autor del delito debe actuar con el ánimo de obtener un beneficio, ya sea económico o de otro tipo.

Resolución favorable: El funcionario o autoridad pública debe tomar una decisión que sea favorable al autor del delito, aceptando su influencia.

El tráfico de influencias está penado en el Código Penal español en los artículos 369 a 372. La pena para este delito varía en función de la gravedad del mismo, pudiendo ir desde una pena de multa hasta una pena de prisión de hasta 4 años.

El tráfico de influencias es un delito grave que daña la confianza en las instituciones públicas y perjudica el buen funcionamiento de la Administración Pública. Por ello, es importante denunciar cualquier caso del que se tenga conocimiento.