El asesino de Daniel en Isla Mayor recibe la pena máxima, seis años porque la ley no permite más
Condenado el menor que mató a Daniel en Isla Mayor: seis años de internamiento, el máximo que permite la ley
La sentencia por el asesinato de Daniel Márquez, ocurrido en julio de 2025 en el Poblado de Alfonso XIII, en Isla Mayor, ha confirmado el temor de la familia de la víctima: la pena máxima prevista por la legislación para un menor de 15 años.
El juez reconoce en su resolución la gravedad extrema de los hechos y el profundo sufrimiento causado, pero recuerda que la ley impide imponer un castigo mayor.
La sentencia que condena al menor responsable del asesinato de Daniel Márquez en el Poblado de Alfonso XIII ha reabierto el debate sobre los límites de la Ley Orgánica de Responsabilidad Penal del Menor en España.
El autor del crimen tenía quince años cuando apuñaló a la víctima en la madrugada del 2 de julio de 2025, y por ello el juez solo ha podido imponer la pena máxima prevista por la normativa: seis años de internamiento en régimen cerrado.
La resolución judicial sostiene que los hechos constituyen un delito de asesinato y otro de robo con violencia e intimidación en grado de tentativa, ambos cometidos con un arma blanca.
El magistrado subraya que la gravedad de la agresión quedó acreditada durante el juicio, en el que se reconstruyó cómo el acusado actuó movido por el propósito de robar la motocicleta de Daniel y cualquier objeto de valor que llevara consigo.
Según los hechos probados, el encuentro entre ambos se produjo de forma aparentemente casual cuando el joven de diecisiete años se encontraba junto a su ciclomotor cerca de la parada de autobús del Consorcio Metropolitano de Sevilla.
El agresor le exigió que le entregara la moto, pero Daniel se negó y trató de marcharse. Esa negativa, según la sentencia, hirió el orgullo del menor.
Sangre fría y premeditación del asesino de Isla Mayor
Minutos después, el acusado pidió a un amigo que lo llevara en un patinete eléctrico hasta el lugar donde se encontraba la víctima.
Durante el trayecto manifestó su intención de robarle todo lo que tuviera e incluso llegó a decir que pensaba matarlo. Cuando lo alcanzó, se produjo un forcejeo en el que el agresor sacó una navaja y asestó varias puñaladas dirigidas al torso del joven.
A pesar de las heridas, Daniel logró subirse a su moto e intentar alejarse del lugar, pero cayó desplomado pocos metros después. Antes de perder el conocimiento, consiguió llamar al servicio de emergencias 061 y explicar con voz entrecortada que había sido apuñalado.
La asistencia sanitaria llegó poco después, aunque los sanitarios no pudieron salvar su vida debido a una hemorragia masiva.
Tras la agresión, el menor huyó del lugar y fue visto por varios amigos portando una navaja ensangrentada. Algunos testigos declararon que el acusado presumió del ataque poco después de cometerlo, una actitud que reforzó la valoración judicial sobre su elevada agresividad.
Los informes policiales ya advertían de que el adolescente tenía fama de portar habitualmente armas blancas.
El magistrado destaca además que el condenado presentaba antecedentes por comportamientos violentos y una trayectoria conflictiva en su entorno social.
Esa valoración influyó en la decisión de imponer el internamiento en régimen cerrado, la medida más severa prevista para menores de catorce y quince años. Aun así, el juez reconoce en la sentencia que no puede ir más allá de lo que marca la ley.
La normativa establece que cuando un menor de esa edad comete dos delitos graves la duración máxima del internamiento es de seis años, ampliables a ocho solo si el acusado ya ha cumplido dieciséis. En este caso, el agresor nació el 30 de julio de 2009, por lo que faltaban apenas veintiocho días para alcanzar esa edad.
Además del internamiento, la sentencia fija tres años de libertad vigilada con asistencia educativa tras la salida del centro de menores.
Igualmente establece una indemnización total de 310000 euros para los padres y el hermano del fallecido, aunque el propio magistrado admite que ninguna cantidad económica puede reparar el dolor provocado por la pérdida del joven.
La familia de Daniel ha criticado duramente la legislación vigente al considerar que la respuesta penal resulta insuficiente ante un crimen de tal gravedad social.